En una reciente decisión del 22.02.2021, el Tribunal Superior Administrativo de Baja Sajonia aclaró que el hijo de un ciudadano de la UE que trabaja como empleado aquí o ha trabajado en el pasado tiene derecho de residencia propio según el Art. 10 (1) Reglamento (UE) nº 492/2011 (Reglamento sobre la Libre Circulación de Trabajadores) si asiste a la escuela o realiza un aprendizaje aquí. Según la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), los padres de dicho hijo pueden permanecer en Alemania, independientemente de si no se emplean más.

(cf. Tribunal Administrativo Inferior, decisión del 22.02.2021 – 13 ME 572/20 –, AuAS 6/21, p. 62)