La reagrupación familiar depende de muchos factores diferentes. Se distingue si la persona que vive en Alemania y que tiene derecho a reunirse con la familia o está autorizada a hacerlo tiene nacionalidad alemana, europea o procede de un tercer país, y qué estatuto de residencia tiene esa persona. También depende del miembro de la familia que se reúna con la persona que vive en Alemania.

Reunificación familiar
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Por regla general, los cónyuges o parejas de hecho y los hijos solteros menores de 16 años tienen derecho a reunirse con su cónyuge o pareja, pero en el caso de los alemanes y europeos y en otros casos excepcionales significativos, también pueden hacerlo los hijos mayores.

En el caso de menores no acompañados, los progenitores custodios suelen tener derecho a la reagrupación familiar. Esto se aplica siempre que ninguno de los progenitores custodios viva en el extranjero o acepte un cambio de residencia a Alemania.

También hay grandes diferencias en la reagrupación familiar, por ejemplo, en función del título de residencia de la persona que vive en Alemania. Los refugiados a los que sólo se ha concedido el estatuto de protección subsidiaria no suelen tener derecho a la reagrupación familiar. Sin embargo, cada mes se expiden 1.000 visados de reagrupación familiar para familiares de beneficiarios de protección subsidiaria. Los requisitos para la reagrupación familiar también varían en función del permiso de residencia.

En este artículo, ofrecemos una visión general de la reagrupación familiar y sus requisitos.

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¿Cuál es la diferencia entre reagrupación familiar y reunificación familiar?

La reagrupación familiar y la reunificación familiarse refieren a la inmigración de miembros de la familia a una persona que vive en Alemania. Esta persona puede ser un ciudadano alemán o un extranjero que vive en Alemania -el país de destino- y tiene permiso de residencia. Los miembros de la familia siguen viviendo en el extranjero.

El objetivo de la reagrupación familiar es establecer o mantener la unidad familiar. Este objetivo ya está consagrado en el Art. 6 de la Ley Fundamental alemana. La reagrupación familiar también se afirma en el Art. 7 de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE (CDF) y en el Art. 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH ).

A pesar de esta clara derivación del derecho a la reagrupación familiar en términos de derechos fundamentales y humanos, su ejercicio es a menudo política y jurídicamente controvertido (por ejemplo, en el caso de la reagrupación familiar de las personas con derecho a protección subsidiaria).

La concesión de la reagrupación familiar y la consiguiente posibilidad de que una familia viva junta en Alemania suele ser esencial para el éxito de la integración en Alemania. Si la reagrupación familiar se deniega o se retrasa durante mucho tiempo, esto puede poner en peligro el éxito de la integración, ya que es insoportable para los afectados no poder estar junto a su familia.

Los términos reagrupación familiar y reunificación familiar significan lo mismo. La Ley de Residencia, que regula la reagrupación familiar en los artículos 27 a 36a, utiliza el término «reagrupación familiar».

Formas de reagrupación familiar

El sistema de reagrupación familiar y sus requisitos son complejos. La Ley de Residencia reconoce varias formas de reagrupación familiar, algunas de las cuales difieren considerablemente en cuanto a los requisitos. Existen las siguientes formas de reagrupación familiar:

  • Reagrupación familiar con alemanes – § 28 AufenthG
  • Reagrupación familiar con extranjeros – § 29 AufenthG
  • Reagrupación familiar de cónyuges o parejas de hecho – § 30 AufenthG
  • Reagrupación familiar de hijos menores – § 32 AufenthG
  • Reagrupación familiar de padres u otros parientes (hijos mayores de edad, padres de hijos mayores de edad, hermanos, etc.) – § 36 AufenthG
  • Reagrupación familiar para beneficiarios de protección subsidiaria – § 36a AufenthG

¿Quién tiene derecho a la reagrupación familiar?

El objetivo de la reagrupación familiar es establecer o mantener la unidad familiar. Por esta razón, la reagrupación familiar sólo es posible, en general, con los parientes más cercanos de un alemán o de un extranjero que viva en Alemania. Por tanto, las disposiciones legales vigentes de los artículos 27 a 36a de la Ley de Residencia están concebidas de tal forma que la reagrupación familiar está destinada principalmente a la denominada familia nuclear.

En el caso de los adultos, son el cónyuge o pareja y los hijos menores de edad. Los hijos menores que vivan en Alemania sin un progenitor custodio tienen derecho a reunirse con su progenitor o progenitores custodios.

Obstáculos muy altos para otros miembros de la familia

Los hermanos, padres de personas adultas o hijos mayores de edad, hijos mayores de edad, abuelos u otros «otros familiares» sólo pueden unirse a su familia si con ello se evitan dificultades excepcionales.

La decisión corresponde a la autoridad de inmigración. Sin embargo, del término «dificultades excepcionales» puede deducirse que los obstáculos para que los familiares que no forman parte de la familia nuclear tradicional se reúnan contigo son muy elevados y que, por lo general, la solicitud fracasará sin un asesoramiento jurídico competente.

Reagrupación familiar para beneficiarios de protección subsidiaria

Los extranjeros que viven en Alemania y a los que sólo se ha concedido protección subsidiaria son un caso especial en lo que respecta a la reagrupación familiar. Tras la gran afluencia de refugiados en 2015, la reagrupación familiar de quienes tenían derecho a protección subsidiaria se suspendió por completo desde marzo de 2016 hasta finales de julio de 2018.

La reagrupación familiar de los beneficiarios de protección subsidiaria está regulada de nuevo desde agosto de 2018. En el artículo 36a (1) frase 3 AufenthG, la ley aclara expresamente que los beneficiarios de protección subsidiaria no tienen derecho a la reagrupación familiar. La reagrupación familiar con el cónyuge, los hijos menores o, en el caso de menores con derecho a protección, con los progenitores custodios, sólo puede concederse por razones humanitarias.

Además, se aplica un límite mensual de acuerdo con el artículo 36a (2) frase 2 de la AufenthG. Sólo se expiden 1.000 visados al mes para la reagrupación familiar con beneficiarios de protección subsidiaria.

¿Cuándo es posible la reagrupación familiar?

La reagrupación familiar en Alemania sólo es posible para los refugiados si la persona que vive en Alemania tiene derecho a protección y ha recibido un permiso de residencia. Por tanto, tienen derecho a la reagrupación familiar los siguientes beneficiarios de protección:

Opciones limitadas para la reagrupación familiar

Para los refugiados que solo han recibido protección subsidiaria (§ 4 AsylG) – permiso de residencia según el § 25 (párrafo 2 Alt. 2 AufenthG – no existe derecho a la reunificación familiar (véase arriba).

Si se determina que un refugiado está sujeto a una prohibición de deportación conforme a la Sección 60 (5) o (7) de la Ley de Residencia y se ha emitido un permiso de residencia conforme a la Sección 25 (1) de la Ley de Residencia, se ha emitido un permiso de residencia conforme a la Sección 25 (1) de la Ley de Residencia. 3 AufenthG, la reunificación familiar es posible dentro de límites estrechos.

Según el artículo 29 (3) frase 1 de la Ley de Residencia, deben existir necesariamente razones humanitarias o razones bajo el derecho internacional para ello. Sin embargo, se pueden asumir razones humanitarias si no es posible establecer la unidad familiar en un tercer país. Dado que en tal caso ya se ha establecido la prohibición de deportación de la persona que vive en Alemania (artículo 60 (5) o (7) de la Ley de Residencia), el establecimiento de la unidad familiar en el país de origen ya es imposible.

Excluida la reagrupación familiar

En determinadas circunstancias, también puede excluirse completamente la reagrupación familiar. Esto se aplica, en particular, si aún no ha finalizado un procedimiento de asilo o el reconocimiento como refugiado o persona con derecho a protección subsidiaria.

Si el extranjero sólo tiene un permiso de estancia tolerada, también queda excluida la reagrupación familiar. El § 29 (3) frase 3 AufenthG enumera otros títulos de residencia para los que se excluye la reagrupación familiar.

Reagrupación familiar con otros permisos de residencia

La reagrupación familiar también es posible en el caso de títulos de residencia independientes de un derecho de protección (derecho de asilo, reconocimiento de la condición de refugiado o protección subsidiaria). Una persona que viva en Alemania puede, por ejemplo, hacer que su cónyuge/pareja (art. 30 AufenthG) o su hijo menor soltero (art. 32 AufenthG) se reúna con ella en Alemania si esta persona tiene uno de los siguientes títulos de residencia:

  • Permiso de establecimiento
  • Permiso de residencia permanente en la UE
  • Tarjeta Azul UE, Tarjeta TIC o Tarjeta TIC Móvil
  • Otros permisos de residencia que autorizan al cónyuge/pareja o a los hijos menores solteros a reunirse contigo se encuentran en el art. 30, apdo. 1, núm. 3 de la AufenthG y en el art. 32, apdo. 1 de la AufenthG.
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¿Cómo funciona la reagrupación familiar?

Para la reagrupación familiar es necesario un visado para el familiar que se reúna con ellos. Por regla general, el visado es también la primera solicitud que presentan los familiares. El visado debe solicitarse personalmente en la misión diplomática alemana competente en el país en el que viven los familiares que desean reunirse con ellos. Hay que asegurarse de que se solicita el visado correcto, es decir, el de reagrupación familiar.

Solicitar un visado conlleva el pago de una tasa. La tasa de visado para adultos es de 75 euros, para menores de edad la mitad. Puede haber más gastos, por ejemplo, por la legalización o traducción de documentos.

Decisión sobre el visado

Una vez recibida la solicitud de visado y comprobada por la misión diplomática en el extranjero, los datos de la persona que desea reunirse con la familia se transmitirán a la autoridad de inmigración del lugar de residencia de la persona autorizada a reunirse con la familia y que vive en Alemania. Allí también se comprueban, por ejemplo, la situación de residencia y el título de residencia de la persona autorizada a reunirse con la familia.

La autoridad de extranjería comprobará ahora los requisitos legales, en particular si la persona es capaz de mantenerse a sí misma. La autoridad de extranjería puede solicitar más documentos o pedir a la persona ya autorizada a residir en Alemania que comparezca en persona si quedan preguntas sin responder o si faltan documentos.

Después de que la autoridad de extranjería haya enviado su dictamen o aprobación a la misión diplomática en el extranjero, ésta decide sobre la solicitud de visado. Si la solicitud de visado es rechazada, se puede presentar una objeción. Sin embargo, el recurso legal no se llama objeción, sino reclamación.

Entrada y residencia

Una vez que la misión diplomática en el extranjero ha expedido el visado, los familiares que deseen reunirse con ellos pueden entrar en Alemania. Sin embargo, sólo se concede el visado con la solicitud de visado o la concesión del visado. Después de entrar en el país, hay que aclarar el estatuto de residencia con la autoridad de extranjería.

Para ello, hay que acudir a la autoridad de extranjería inmediatamente después de la entrada y, en cualquier caso, dentro del plazo de validez del visado, y presentar una solicitud de expedición del correspondiente permiso de residencia según los §§ 27 a 36a de la AufenthG. Como las condiciones para la concesión del permiso de residencia ya se han comprobado en el procedimiento de visado, no debería haber problemas cuando se expida el permiso de residencia.

Puede aplicarse otra cosa si la situación individual ha cambiado fundamentalmente desde la aprobación de la autoridad de inmigración (por ejemplo, debido a la separación de los cónyuges/compañeros de vida).

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Cuando se expide el visado necesario, se comprueban determinados requisitos generales. Sin embargo, éstos difieren en función de la base jurídica de la reagrupación familiar y, en algunos casos, también en función del título de residencia que posea el extranjero con derecho a reagrupación. Se aplican los siguientes requisitos generales (artículos 5, 11, 27 y 29 de la AufenthG):

  • Medios de subsistencia suficientes
  • Espacio vital suficiente
  • identidad y nacionalidad clarificadas
  • no debe haber interés en la deportación
  • Cumplimiento de la obligación de pasaporte

Excepciones posibles

En determinados casos, es posible y necesario renunciar a estas condiciones para conceder un permiso. Por regla general, los ciudadanos alemanes deben poder asegurar su subsistencia. Se puede renunciar al requisito de disponer de suficiente espacio vital si la persona con derecho a reunirse con ellos en Alemania está en posesión de una Tarjeta Azul de la UE, por ejemplo (Sección 29 (1) frase 2 AufenthG).

El requisito de asegurarse un medio de vida y demostrar que se dispone de espacio suficiente para vivir no se aplica si los padres se reúnen con un menor no acompañado (Artículo 36 (1) de la AufenthG).

Reagrupación familiar privilegiada

Según la frase 2 del apartado 2 del artículo 29 de la AufenthG, también se puede renunciar al requisito de espacio vital suficiente y medios de subsistencia suficientes si se cumplen determinadas condiciones. En el caso de esta reagrupación familiar privilegiada, la autoridad de inmigración no tiene poder discrecional, sino que debe renunciar a estos requisitos. Esta reagrupación familiar privilegiada es posible en las siguientes condiciones:

  • la persona que vive en Alemania tiene un permiso de establecimiento de acuerdo con el Artículo 26 (3) AufenthG (debido a su derecho de asilo o reconocimiento como refugiado) o es un refugiado de reasentamiento (Artículo 23 (4) AufenthG) o tiene un permiso de residencia debido a su derecho de asilo (Artículo 25 (1) AufenthG) o un permiso de residencia debido a su reconocimiento como refugiado (Artículo 25 (2) frase 1 Alt. 1 AufenthG)
  • Los miembros de la familia con derecho a incorporarse son el cónyuge/pareja de hecho o un hijo soltero menor de edad
  • la solicitud de reagrupación familiar privilegiada debe presentarse a más tardar tres meses después de que la autorización de protección haya sido reconocida sin recurso (art. 29 (2) frase 2 nº 1 AufenthG)
  • Además, no debe ser posible establecer la pareja de hecho en ningún otro país (Artículo 29 (2) frase 2 nº 2 AufenthG)

Asegurar tu sustento

Si la persona que vive en Alemania no está exenta del requisito de asegurar su subsistencia, debe ganar lo suficiente para mantenerse a sí misma y a los miembros de su familia que se reúnan con ella sin recurrir a fondos públicos.

Los ingresos por trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia, así como el subsidio familiar, el suplemento familiar, el subsidio de crianza y el subsidio parental, forman parte de los medios de subsistencia. Si la persona que vive en Alemania percibe prestaciones de acuerdo con el SGB II o el SGB XII -es decir, subsidio de desempleo o subsidio ciudadano-, sus medios de subsistencia no están garantizados.

Los medios de subsistencia deben estar garantizados sin recurrir a fondos públicos. Si sólo se tiene derecho a prestaciones complementarias por bajos ingresos, por ejemplo, complementadas con una prestación ciudadana, tampoco se garantizan los medios de subsistencia, aunque no se utilicen realmente fondos públicos.

¿Qué tamaño debe tener un piso para la reagrupación familiar?

Según el art. 29.1 n.º 2 de la AufenthG, debe haber suficiente espacio vital para la reagrupación familiar. Este requisito puede obviarse en determinados casos. El espacio vital disponible puede demostrarse, por ejemplo, mediante un contrato de alquiler.

Hay espacio vital suficiente si se dispone de una determinada cantidad de espacio vital para cada miembro de la familia. Los miembros de la familia menores de 6 años deben disponer de 10 metros cuadrados, y los mayores de 6 años, de 12 metros cuadrados. Las habitaciones adicionales, como el cuarto de baño o la cocina, también deben estar disponibles y pueden compartirse. No es problemático quedarse corto en la superficie habitable hasta en un 10%.

Los distintos estados federados pueden adoptar normativas diferentes al respecto.

¿Necesitas ayuda? Podemos ayudarte a rellenar las solicitudes o responder a cualquier pregunta que puedas tener sobre la situación legal. Ponte en contacto con nosotros por correo electrónico: kontakt@ra-maibaum.de o por teléfono: +49 (0) 221 598 13 595

Conclusión:

  • Diversos factores para la reagrupación familiar: La reagrupación familiar en Alemania depende de diversos factores, como si la persona con derecho a reunirse con la familia tiene nacionalidad alemana o extranjera y de qué permiso de residencia dispone la persona que vive en Alemania.
  • Los que tienen derecho a la reagrupación: Los miembros del núcleo familiar, como cónyuges, parejas e hijos menores solteros, tienen derecho a la reagrupación. En el caso de los hijos menores no acompañados, los padres custodios suelen tener derecho a la reagrupación, mientras que la reagrupación de otros familiares está sujeta a grandes obstáculos y condiciones.
  • Diferencias en la reagrupación familiar: Dependiendo del título de residencia de la persona que vive en Alemania, existen diferentes requisitos para la reagrupación familiar, especialmente para las personas con derecho a protección subsidiaria.
  • Formas de reagrupación familiar: Dependiendo de la relación familiar (cónyuge/pareja, hijos, otros parientes) y del estatus de residencia de la persona en Alemania, existen diversas formas de reagrupación familiar reguladas por ley.
  • Reagrupación familiar con beneficiarios de protección subsidiaria: La reagrupación familiar con beneficiarios de protección subsidiaria es posible, pero no existe ningún derecho legal. Sólo se expiden 1.000 visados al mes para la reagrupación familiar con beneficiarios de protección subsidiaria.
  • Visado y requisitos: La reagrupación familiar requiere un visado para el miembro de la familia que se reúna con ellos. Debe solicitarse en la misión diplomática alemana en el país de origen. Es importante solicitar el visado correcto.

PREGUNTAS FRECUENTES:

¿Cuál es la diferencia entre reagrupación familiar y reunificación familiar?

Ambos términos se refieren a la inmigración de familiares que viven en el extranjero a una persona que vive en Alemania. En la Ley de Residencia, el término «reagrupación familiar» se utiliza para la reagrupación familiar.

¿Quién tiene derecho a la reagrupación familiar?

Por regla general, tienen derecho los familiares más cercanos, como cónyuges, parejas e hijos menores solteros. Para los demás familiares, los obstáculos son mucho mayores y suelen depender de la existencia de dificultades excepcionales.

¿Qué formas de reagrupación familiar existen?

La Ley de Residencia regula diversas formas de reagrupación familiar, dependiendo de la relación familiar y del estatus de residencia de la persona que vive en Alemania.

¿En qué condiciones es posible la reagrupación familiar?

Los requisitos varían en función del título de residencia y del estatuto de protección de la persona que vive en Alemania. En la mayoría de los casos, se necesita un visado para entrar en Alemania.

¿Cómo funciona la solicitud de reagrupación familiar?

El familiar que se reúna con ellos necesita un visado, que se solicita en la misión diplomática alemana en su país de origen. Después de entrar en el país, hay que solicitar un permiso de residencia a la autoridad de extranjería en Alemania.

¿Cuáles son los requisitos para tener un medio de vida y un espacio vital suficientes?

Para poder traer a miembros de la familia a Alemania, la persona que vive en Alemania debe, sobre todo, poder asegurar su sustento y demostrar que dispone de espacio vital suficiente.

¿Cuáles son las excepciones a los requisitos de alojamiento y manutención?

Hay excepciones, por ejemplo, para la reagrupación familiar privilegiada, en la que no hay que cumplir necesariamente estos requisitos, y para los menores no acompañados.

¿Son equivalentes todos los permisos de residencia por reagrupación familiar?

No, la reagrupación familiar depende del título de residencia de la persona que vive en Alemania, pero no todos los títulos de residencia autorizan automáticamente la reagrupación familiar.

¿Puede excluirse la reagrupación familiar?

En determinadas circunstancias, puede excluirse la reagrupación familiar, por ejemplo en caso de procedimiento de asilo en curso o de estancia tolerada. También existen límites más estrictos para los beneficiarios de protección subsidiaria.

¿Cuáles son los requisitos mínimos de espacio vital para la reagrupación familiar?

Debe demostrarse un espacio vital determinado para cada miembro de la familia. Es de 10 m² para los miembros de la familia menores de 6 años y de 12 m² para los mayores de 6 años.

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